Qué es el ITP y cómo calcularlo según la comunidad autónoma
Aprende qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), qué tipos aplican en cada comunidad autónoma y cómo calcularlo con ejemplos reales.
Índice
- Qué es el ITP
 - Base legal
 - Cuándo se paga
 - Tipos impositivos por comunidad autónoma
 - Ejemplos numéricos
 - Errores comunes
 - Estrategias para optimizar el ITP
 - Conclusiones y pasos siguientes
 
1. Qué es el ITP
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) es un tributo indirecto que grava las transmisiones de bienes y derechos entre personas, siempre que no estén sujetas a IVA.
En el ámbito inmobiliario, el ITP se aplica principalmente a:
- Compraventa de viviendas de segunda mano (no obra nueva)
 - Transmisión de garajes y trasteros independientes
 - Compraventa de locales comerciales, oficinas y naves industriales usados
 - Transmisión de fincas rústicas
 - Cesión de derechos sobre inmuebles
 
Diferencia entre ITP e IVA en compraventas inmobiliarias
Es fundamental entender cuándo se paga ITP y cuándo IVA:
| Tipo de inmueble | Impuesto aplicable | 
|---|---|
| Vivienda de segunda mano (entre particulares) | ITP (6%-11% según CCAA) | 
| Vivienda de obra nueva (primera transmisión) | IVA (10%) + AJD (0,5%-1,5%) | 
| Local comercial de segunda mano | ITP o IVA (21%) si el vendedor renuncia a exención | 
| Terreno urbano o rústico | ITP | 
2. Base legal
El ITP está regulado por:
- Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
 - Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
 
Competencias autonómicas
El ITP es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, lo que significa que cada CCAA tiene competencia para:
- Fijar los tipos impositivos (dentro de ciertos límites)
 - Establecer bonificaciones y reducciones (para jóvenes, familias numerosas, viviendas protegidas, etc.)
 - Regular deducciones específicas
 - Gestionar la recaudación y las inspecciones
 
Por ello, el tipo de ITP puede variar desde el 4% en el País Vasco hasta el 11% en Baleares (para viviendas de alto valor).
3. Cuándo se paga
Devengo del impuesto
El ITP se devenga en el momento de la transmisión, es decir, cuando se firma la escritura pública de compraventa ante notario.
Plazo de presentación
El plazo habitual para presentar y liquidar el ITP es de 30 días hábiles desde la fecha de firma de la escritura pública. Algunas comunidades autónomas tienen plazos específicos, por lo que es importante confirmar en cada caso.
Modelo de liquidación
Se presenta mediante el modelo 600 (en la mayoría de comunidades autónomas), que debe cumplimentarse con los datos de la operación:
- Datos del comprador y vendedor
 - Descripción del inmueble (referencia catastral)
 - Valor de la transmisión (precio o valor de referencia, el mayor)
 - Tipo impositivo aplicable
 - Cuota a ingresar
 
¿Quién paga el ITP?
El comprador es el sujeto pasivo del ITP, es decir, quien debe presentar la liquidación e ingresar el impuesto.
Consecuencias de no pagar en plazo
Si no se presenta el modelo 600 en plazo, se aplican recargos e intereses:
- Recargo del 5% si se presenta fuera de plazo sin requerimiento previo (dentro de los 3 meses siguientes)
 - Recargo del 10% si se presenta entre 3 y 6 meses después
 - Recargo del 15% si se presenta entre 6 y 12 meses después
 - Recargo del 20% si se presenta después de 12 meses
 - Además, pueden aplicarse intereses de demora y sanciones en caso de inspección
 
4. Tipos impositivos por comunidad autónoma (2025)
Los tipos de ITP varían significativamente entre comunidades autónomas. A continuación, la tabla actualizada para 2025:
| Comunidad Autónoma | Tipo general vivienda usada | Bonificaciones destacadas | 
|---|---|---|
| Andalucía | 7% | 3,5% jóvenes <35 años y VPO | 
| Aragón | 8% | 3% familias numerosas | 
| Asturias | 8% | 3% jóvenes y VPO | 
| Baleares | 8%-11% (tramos según valor) | 5% VPO, menores de 36 años | 
| Canarias | 6,5% | 4% familias numerosas | 
| Cantabria | 8% | 5% jóvenes y VPO | 
| Castilla-La Mancha | 9% | 6% familias numerosas | 
| Castilla y León | 8% | 4% jóvenes y VPO | 
| Cataluña | 10% | 5% familias numerosas | 
| Comunidad Valenciana | 10% | 8% jóvenes y VPO | 
| Extremadura | 8% | 4% familias numerosas | 
| Galicia | 10% | 3% jóvenes y VPO | 
| Madrid | 6% | 4% familias numerosas | 
| Murcia | 8% | 4% jóvenes y VPO | 
| Navarra | 6% | Bonificaciones amplias | 
| País Vasco | 4% | Reducciones especiales | 
| La Rioja | 7% | 5% jóvenes y VPO | 
Nota importante: Estos tipos son orientativos y pueden variar según la fecha y normativa específica de cada comunidad autónoma. Es fundamental confirmar el tipo aplicable antes de firmar la escritura.
5. Ejemplos numéricos
Ejemplo 1 – Compra de vivienda en Madrid
- Precio de compraventa: 250.000 €
 - Comunidad autónoma: Madrid
 - Tipo ITP general: 6%
 - Cálculo: 250.000 € × 6% = 15.000 €
 
Ejemplo 2 – Compra de vivienda en Cataluña con bonificación
- Precio de compraventa: 300.000 €
 - Comunidad autónoma: Cataluña
 - Tipo ITP general: 10%
 - Situación: Familia numerosa → tipo reducido 5%
 - Cálculo: 300.000 € × 5% = 15.000 €
 - Ahorro: 15.000 € (frente a 30.000 € al tipo general)
 
Ejemplo 3 – Compra de vivienda en País Vasco
- Precio de compraventa: 280.000 €
 - Comunidad autónoma: País Vasco
 - Tipo ITP: 4%
 - Cálculo: 280.000 € × 4% = 11.200 €
 
Ejemplo 4 – Aplicación del valor de referencia
- Precio escriturado: 200.000 €
 - Valor de referencia catastral: 230.000 €
 - Comunidad autónoma: Andalucía (7%)
 - Base imponible: 230.000 € (el mayor de los dos)
 - Cálculo: 230.000 € × 7% = 16.100 €
 
6. Errores comunes
Error 1: Calcular sobre el precio escriturado sin comprobar el valor de referencia
Desde diciembre de 2021, Hacienda utiliza el valor de referencia catastral como base mínima para liquidar el ITP. Si este valor es superior al precio declarado, la liquidación se hará sobre el valor de referencia, aunque hayas pagado menos.
Error 2: No aplicar reducciones o bonificaciones disponibles
Muchos compradores desconocen que pueden acceder a tipos reducidos si cumplen ciertos requisitos:
- Menores de 35-36 años (según CCAA)
 - Familias numerosas
 - Personas con discapacidad
 - Viviendas de protección oficial (VPO)
 - Viviendas en zonas rurales en riesgo de despoblación
 
Error 3: Presentar fuera de plazo
No cumplir el plazo de 30 días hábiles genera recargos automáticos que pueden llegar al 20% del impuesto, además de intereses de demora.
Error 4: No tener en cuenta gastos adicionales
Además del ITP, la compra de una vivienda genera otros gastos:
- Notaría (aprox. 0,2%-0,5% del precio)
 - Registro de la Propiedad (aprox. 0,1%-0,3%)
 - Gestoría (300-800 €)
 
Error 5: No impugnar valores de referencia excesivos
Si el valor de referencia es claramente superior al valor real de mercado, puedes impugnarlo mediante una tasación contradictoria. Muchos compradores pagan de más por no conocer este derecho.
7. Estrategias para optimizar el ITP
Estrategia 1: Revisar si cumples requisitos para tipos reducidos
Antes de firmar la escritura, verifica si puedes acceder a bonificaciones por:
- Edad (menores de 35-36 años)
 - Familia numerosa
 - Discapacidad (propia o familiar)
 - Compra de VPO
 - Vivienda en zona rural despoblada
 
Estrategia 2: Negociar la fecha de firma
Si estás próximo a cumplir un requisito (edad, título de familia numerosa, etc.), negocia retrasar la firma para beneficiarte de la bonificación.
Estrategia 3: Comprobar el valor de referencia antes de firmar
Consulta el valor de referencia de Catastro en la web de la Sede Electrónica del Catastro antes de escriturar. Si es muy superior al precio acordado, considera:
- Renegociar el precio con el vendedor
 - Preparar una tasación oficial para impugnar posteriormente
 - Valorar si el inmueble tiene características especiales que justifiquen un valor inferior
 
Estrategia 4: Planificar la tributación conjunta
Si compras con tu pareja y solo uno cumple los requisitos de bonificación, valora estructurar la compra de forma que la parte bonificada sea mayor.
Estrategia 5: Aprovechar cambios normativos
Las comunidades autónomas actualizan periódicamente sus tipos y bonificaciones. Estar informado de los cambios puede permitirte ahorrar miles de euros.
8. Conclusiones y pasos siguientes
El ITP es uno de los impuestos más importantes al comprar una vivienda de segunda mano. Su importe puede variar significativamente según:
- La comunidad autónoma donde está el inmueble (del 4% al 11%)
 - Las bonificaciones a las que tengas derecho
 - El valor de referencia frente al precio escriturado
 
Una planificación previa te permite:
- Conocer con exactitud cuánto tendrás que pagar
 - Aprovechar todas las reducciones disponibles
 - Evitar recargos por presentación fuera de plazo
 - Impugnar valores de referencia excesivos si es necesario
 
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Preguntas frecuentes (FAQs)
1. ¿Se paga ITP en obra nueva?
No, en la compra de vivienda de obra nueva se paga IVA (10% para viviendas) más el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) (0,5%-1,5% según CCAA), no ITP.
2. ¿Sobre qué valor se calcula el ITP?
Se calcula sobre el mayor de estos dos valores:
- Precio de compraventa declarado en la escritura
 - Valor de referencia de Catastro
 
3. ¿Qué pasa si no pago el ITP en plazo?
Se aplican recargos progresivos:
- 5% si presentas en los 3 meses siguientes
 - 10% entre 3 y 6 meses
 - 15% entre 6 y 12 meses
 - 20% después de 12 meses
 
Además, pueden aplicarse intereses de demora y sanciones.
4. ¿Puedo pedir devolución del ITP?
Solo en casos muy concretos:
- Error en la liquidación que haya resultado en un pago superior al debido
 - Anulación judicial de la compraventa
 - Resolución del contrato por incumplimiento
 
No es posible solicitar devolución por arrepentimiento o cambio de opinión.
5. ¿Se paga ITP por garajes y trasteros?
Sí, si son independientes o están vinculados a una vivienda de segunda mano. Si están vinculados a una vivienda de obra nueva sujeta a IVA, también tributan por IVA (no por ITP).