Piso en subasta · Cesión de remate (CDR)

    Cesión de remate: compras el puesto de quien ganó la subasta.

    En una cesión de remate no compras el piso a su dueño: compras el derecho de quien ganó la subasta a adjudicárselo. Bien hecha, es una de las vías con más descuento. Mal hecha, puedes pagar impuestos dos veces o perder la operación.

    Hacer el Semáforo del descuento

    Perito judicial inmobiliario colegiado · Fiscalidad inmobiliaria · +4.500 inmuebles revisados en el último año

    Qué compras exactamente

    Te subrogas en el derecho del rematante a adquirir el inmueble. Lo primero es la fecha de la demanda ejecutiva: si el procedimiento empezó antes del 3 de abril de 2025, la facultad de ceder debía reservarse al pujar; si empezó después, rige el régimen de la LO 1/2025. También importa si la subasta es judicial o notarial: en la notarial hay dos transmisiones.

    Los riesgos que hay que revisar

    Validez de la cesión

    Sin acreditarla documentalmente, no hay operación.

    Doble tributación

    Una sola transmisión solo se da en subasta judicial y con la cesión hecha en el acto.

    Tanteo y retracto

    La Generalitat puede ejercerlo sobre adjudicaciones en subasta.

    Ocupación

    Si hay ocupantes, la recuperación va por incidente dentro de la ejecución, con su plazo.

    Financiación

    Rara vez se puede hipotecar antes de tener la posesión.

    Plazos

    Del primer paso a las llaves

    Cada producto tiene su propio recorrido. Estos son los hitos y los plazos orientativos, y dónde suele esconderse el riesgo.

    Piso en subasta

    1. Subasta y remate

      Alguien gana la puja en el juzgado.

    2. Aquí suele estar el riesgo

      Cesión del remate

      Hay que acreditar que la cesión es válida; si no, puedes pagar impuestos dos veces o perder la operación.

    3. Decreto de adjudicación

      El juzgado adjudica el inmueble al cesionario.

    4. Inscripción en el Registro

      Testimonio del decreto e inscripción a tu nombre.

    5. Posesión

      Entrega directa si está vacío; lanzamiento o incidente si hay ocupantes.

    Horquilla orientativa hasta la posesión: 6–12 meses, según ocupación y juzgado

    Plazos orientativos, no compromisos. Varían según la cartera, la tipología del producto, el juzgado, la ocupación y la fase en la que compres. En el análisis los estimamos para tu caso concreto.

    Qué analizamos en tu caso

    Situación real

    Ocupación, cargas, estado registral y físico del inmueble.

    Descuento real

    El precio frente a ventas cerradas en la zona, no frente a anuncios.

    Fase del procedimiento

    En qué punto está el expediente y qué queda por resolver.

    Plazos

    Cuándo compras, cuándo tomas posesión y cuándo puedes vender o alquilar.

    Coste fiscal y financiero

    Impuestos según tu comunidad autónoma, costes ocultos, financiación y rentabilidad neta.

    Veredicto

    Adelante, Con condiciones o Descartar, firmado por perito judicial inmobiliario colegiado.

    Preguntas frecuentes

    Antes de decidir

    Antes de pagar, conoce el motivo

    Revisamos lo que te ofrecen y te indicamos cuál es el siguiente paso sensato.